Siempre que sea posible, los abogados divorcio Cáceres exhortan a sus clientes a pensar en la reconciliación como una alternativa real. Aunque en la mayoría de los casos la pareja insiste en su deseo de separación, ocasionalmente se da el caso de alguna que desee desistir del procedimiento.
No existe una ley que determine la manera en la que deben funcionar los sentimientos humanos, de modo que nada obsta la reconciliación de los cónyuges que han iniciado su proceso de divorcio. Si es voluntad de ellos, pueden intentar tener éxito en su matrimonio tantas veces como quieran.
Sin embargo, cuando esto ocurre inmediatamente surgen algunas dudas con respecto a las consecuencias jurídicas de dicha decisión. Y es que, a pesar de que la reconciliación es un tema que solo compete a la pareja, una vez emprendida la acción de divorcio, sus efectos estarán condicionados por la fase procesal en la que ocurra el evento.
De igual forma, es esencial tener presente las diferencias entre los diversos procesos orientados a extinguir el vínculo matrimonial (separación, divorcio y nulidad), porque pese a que sus efectos parecen similares, no lo son y tampoco lo es la manera en la que se desarrollan.
En el caso de la separación, es permitido que los cónyuges se reconcilien antes o después de la sentencia, siempre que las partes comuniquen al juez de tal novedad. Como consecuencia de ello, queda sin efecto todo lo resuelto durante el procedimiento.
Si se trata del procedimiento de divorcio, la pareja puede reconciliarse y mantener su matrimonio únicamente cuando esto ocurra antes de que se dicte sentencia. De lo contrario, podrán continuar su vida juntos pero ya no estarían casados.
Distinta es la situación cuando se trata del proceso de nulidad, ya que en tal caso el matrimonio jamás existió. Por tanto, las partes podrán mantener su relación si así lo desean, pero no estarían casadas.
Ciertamente no existe impedimento legal para que las partes decidan continuar con su relación amorosa. Pero debe tenerse en cuenta que el matrimonio es un vínculo jurídico y este se mantendrá en el tiempo únicamente cuando el acuerdo se produzca oportunamente.